Derechos Laborales
Despido injustificado
NO firmes cartas de 'renuncia voluntaria' ni papeles en blanco. Exige el memorándum de despido por escrito.
Si el despido es verbal, intenta grabarlo o ve con un testigo. Los derechos laborales son IRRENUNCIABLES (Art. 48 CPE).
Recopila pruebas de la relación laboral: chats de WhatsApp, fotos en el trabajo, extractos bancarios de pagos.
Espera los 15 días calendario para que paguen tus beneficios. Si no pagan, al día 16 acude al Ministerio de Trabajo.
Exige la multa del 30% sobre el finiquito si pasan los 15 días (DS 28699 Art. 10). No negocies montos menores por fuera.
La empresa debe pagar: indemnización, aguinaldo proporcional, vacaciones no usadas y la multa si aplica.
Pasantía explotadora (fraude laboral)
Si trabajas 'de pasante' sin convenio universitario oficial, es una relación laboral encubierta.
Principio de Primacía de la Realidad: Si cumples horario completo, recibes órdenes y haces trabajo productivo, ERES TRABAJADOR.
Tienes derecho a exigir: sueldo mínimo retroactivo, aguinaldo, beneficios sociales desde el primer día.
Frase de poder: 'Llevo X meses en horario completo sin convenio universitario vigente. Esto es relación laboral encubierta. Solicito regularización o pago de beneficios devengados.'
Presenta denuncia en el Ministerio de Trabajo (Calle Quijarro 72, Santa Cruz) con pruebas de tu trabajo diario.
Salarios impagos o retrasos
Documenta TODOS los pagos pendientes: extractos bancarios, recibos, mensajes de WhatsApp sobre pagos.
Los derechos laborales son irrenunciables. Ningún acuerdo puede hacerte renunciar a tu salario.
Envía carta formal al empleador con acuse de recibo exigiendo pago inmediato.
Si no pagan en 15 días, presenta denuncia en Ministerio de Trabajo exigiendo liquidación con multa del 30%.
Horarios: Lunes a Viernes 08:30-12:30 y 14:30-18:30. Dirección: Calle Quijarro 72, Zona Central Santa Cruz.
La inasistencia del empleador a la citación genera presunción de veracidad a tu favor.
Periodo de prueba (derechos desde el día 1)
El periodo de prueba de 3 meses NO anula tus derechos sociales. Solo afecta la estabilidad laboral.
Desde el PRIMER DÍA de trabajo tienes derecho a: duodécimas de aguinaldo, vacación proporcional e indemnización.
Frase de poder: 'La Ley General del Trabajo establece que los derechos sociales nacen desde el primer día.'
Si te despiden en periodo de prueba, igual debes cobrar beneficios proporcionales al tiempo trabajado.
No aceptes que te digan 'no hay finiquito porque estás en prueba'. Es ILEGAL.
Acoso laboral o despido por discriminación
Documenta todo: correos, mensajes, testigos de las situaciones de acoso o trato discriminatorio.
La Ley 348 protege contra acoso laboral. El Ministerio puede ordenar reincorporación inmediata.
Presenta denuncia formal en Ministerio de Trabajo detallando los hechos con pruebas.
Si hay discriminación (género, orientación, origen), puedes presentar Acción de Amparo Constitucional.
Busca apoyo en Defensoría del Pueblo (Calle Andrés Ibáñez 241, Santa Cruz. Tel: 3-338808).