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Vivienda y Alquileres

Desalojo ilegal o por la fuerza

1

El propietario NO puede desalojarte por la fuerza. Solo con sentencia judicial de un Juez Civil.

2

Si cambia la chapa, corta luz/agua o saca tus cosas, comete DELITOS: Allanamiento (Art. 298 CP) y Coacción (Art. 294 CP).

3

ACCIÓN INMEDIATA: Llama al 110 denunciando 'Allanamiento de domicilio y Coacción en curso'.

4

Cambia tú el bombín de la chapa (es LEGAL para proteger tu posesión y seguridad).

5

Documenta todo: contrato, recibos, facturas a tu nombre, fotos de tus pertenencias en el lugar.

6

Frase de poder: 'Tengo contrato vigente. El desalojo por mano propia es delito penado con cárcel. Solo saldré con orden judicial.'

7

Si cortan servicios y la policía no actúa, presenta Acción de Amparo Constitucional con la Defensoría del Pueblo.

Retención injusta de garantía

1

La garantía solo cubre daños EXTRAORDINARIOS al inmueble, no desgaste normal (pintura vieja, piso gastado).

2

El propietario debe devolver la garantía al entregar llaves o en plazo razonable (3-5 días para verificar facturas).

3

Si se niega, pídele por escrito las razones específicas con fotos de los supuestos daños.

4

Ley del Inquilinato (Art. 10 y 15): Prohíbe retener montos sin justificación legal.

5

Frase de poder: 'La garantía no cubre desgaste por uso normal. Exijo devolución inmediata o lista detallada de daños extraordinarios.'

6

Si persiste, acude a Conciliación Ciudadana (Ministerio de Justicia) o presenta demanda civil.

Aumento abusivo de alquiler

1

Los aumentos solo son válidos al RENOVAR el contrato, nunca durante su vigencia.

2

Revisa tu contrato: debe especificar condiciones de aumento o ajuste por inflación.

3

Si el aumento es excesivo, investiga precios de alquileres similares en la zona como argumento.

4

Frase de poder: 'El aumento unilateral durante la vigencia del contrato viola el Código Civil. No lo aceptaré.'

5

Presenta queja en Defensoría del Pueblo o busca conciliación antes de aceptar presiones.

6

Si te presionan con desalojo por no aceptar, recuerda: el desalojo requiere proceso judicial.

Prestamista usurero ('Gota a gota')

1

LÍMITE LEGAL: El interés máximo en Bolivia es 3% mensual (Código Civil Art. 414). Todo lo superior es USURA.

2

Usura es DELITO (Código Penal Art. 360). Cobrar más del 3% mensual es punible con cárcel.

3

Si pagaste intereses abusivos (10%, 20% mensual), ese exceso se imputa al capital o se devuelve.

4

Frase de poder: 'El Art. 414 del Código Civil establece 3% máximo. Lo que cobra es delito de Usura. Pagaré con interés legal o haré denuncia.'

5

Presenta denuncia en FELCC o Ministerio Público con evidencia: recibos, mensajes, grabaciones.

6

Busca asesoría en SEPDAVI (Servicio de Asistencia a la Víctima) si eres de bajos recursos.

Problemas con servicios básicos

1

Si el propietario corta agua/luz por falta de pago, comete delito aunque debas alquiler.

2

El Tribunal Constitucional prohíbe 'vías de hecho': cortar servicios vulnera derechos fundamentales.

3

Llama al 110 inmediatamente denunciando coacción. La policía debe restablecer servicios.

4

Si no actúan, presenta Acción de Amparo Constitucional para restitución inmediata.

5

La deuda de alquiler se resuelve por vía civil/judicial, NO cortando servicios.